Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL


100249
Legislatura: 1889-1890
Sesión: 19 de noviembre de 1889
Cámara: Senado
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Marqués de Sardoal.
Número y páginas del Diario de Sesiones: 46, 701-702.
Tema: Ayuntamiento de Madrid.

El Sr. Presidente del Consejo de Ministros (Sagasta): Realmente yo no tendría necesidad de contestar al Sr. Marqués de Sardoal, porque S.S. me ha supuesto cosas evidentemente inexactas, que ni yo he dicho, ni he podio decir; y como eso está en el ánimo del Senado, y el Senado lo ha visto, realmente no tendría necesidad de contestar a S.S. No he dicho nada de lo que el Sr. Marqués de Sardoal me ha atribuido. Yo no cometo esas irreverencias, que son irreverencias verdaderas, y menos ahora cuando no las he dicho; atribuirlas a quien no ha tenido ni siquiera la intención de decirlo, es algo que no hay para qué censurar. Yo no he hecho más que exponer aquí una teoría constitucional: la de que los Ministros, cuando fueran a presentar realmente su dimisión en manos de S. M. (El Sr. Marqués de Sardoal: Eso no es teoría constitucional; ésa es una verdad de Pero-Grullo). Pues por eso que es una verdad tan clara, lo es también con aplicación a este caso. (El Sr. Marqués de Sardoal: La verdadera teoría constitucional es la que expuso el Sr. Duque de Tetuán). No es extraño que a S.S. se lo parezca.

Por lo demás, ¿es que este Gobierno o cualquier otro necesita todos los días plantear la cuestión de confianza? Estas cuestiones las presentan los Gobierno cuando creen necesario plantearlas. ¿Y la ha de plantear el Gobierno sólo porque se le antoje que es necesario al Sr. Marqués de Sardoal o al Sr. Duque de Tetuán? (Un Sr. Senador pronuncia palabras que no se entienden). ¿Cree el Gobierno necesario plantearla? (El Sr. Duque de Tetuán: Yo no lo quiero. ?El Sr. Marqués de Sardoal: El Gobierno no ha querido plantearla). Pues el Gobierno lo ha querido, y no hace mucho tiempo que ha sometido una cuestión de confianza. (El Sr. Duque de Tetuán: No pudo haber cuestión de confianza, cuando no se pudo consultar a [701] los Presidentes de las Cámaras. ?Rumores). Está S.S. equivocado, porque el Rey puede consultar y puede no consultar. Esto sí que es irreverente. Pues qué, cuando en 1884 subió el partido conservador al poder, ¿se consultó a los Presidentes de las Cámaras? Yo era Presidente del Congreso, y no fui consultado, y nada hubo que decir por eso, porque el Rey consulta cuando cree que tiene necesidad de hacerlo. (El Sr. Duque de Tetuán: Y cuando le han presentado la dimisión unánime del Gobierno). Unánime se la presentó al Rey, e hizo bien, el Gobierno del Sr. Posada Herrera; y el Rey, que a su vez obró bien si creyó que así debía proceder, no consultó ni a los Presidentes de las Cámaras ni a nadie. (El Sr. Duque de Tetuán: Pero no hubiera podido consultar si el Sr. Presidente del Gobierno no le hubiera presentado la dimisión; S.S. no la presentó en la ocasión a que yo me refiero). Sí, Sr. Duque de Tetuán, la presenté, porque ha de tener entendido S.S. que siempre que ha habido crisis parcial he presentado yo la dimisión el primero; téngalo entendido S.S.

No ha habido una sola crisis parcial de la que yo no haya hecho una cuestión de confianza, porque he querido revestirme, para ocupar dignamente este puesto, con la absoluta confianza de S. M., sin cuyo requisito yo no estaría ni un segundo en este sitio. Por consiguiente, ha de dejarse al criterio del Gobierno apreciar cuando ha llegado la necesidad, o siquiera la conveniencia, de plantear la cuestión de confianza. En ese concepto decía yo que, hoy por hoy, el Gobierno no lo cree necesario, y por lo tanto, no la plantea.

En otro concepto, fundado en que se habla de que la Reina tiene su prerrogativa cohibida, decía yo que en el sistema constitucional, en su sentido más honrado y sincero, no hay necesidad de plantear todos los días y a todas horas la cuestión de confianza, porque los Ministros, y su Presidente el primero, tiene ofrecida a la Reina su dimisión desde el día que tienen la honra de jurar el cargo.

No hay razón, pues, para decir lo que ha expuesto el Sr. Marqués de Sardoal, con una ligereza impropia de S.S., o sea, que yo he dicho que ya sabe la Reina que para que yo abandone el poder tiene que destituirme, porque si no, yo no lo he de dejar. ¡Soy incapaz de decir eso, ni de atribuírselo siquiera a nadie que se precie, no solo de constitucional, sino de meramente respetuoso a las instituciones! Por consiguiente, ni he dicho ni he podido decir lo que S.S. ha supuesto. Lo que hay es, que S.S., no teniendo nada que rectificar a lo expuesto por mí, se ha levantado a causar molestias al Gobierno, y en particular a su Presidente, sin acordarse de que pudiera aprovechar mejor el tiempo.

Que yo me he vuelto atrás de lo que dije ayer. De ninguna manera: sostengo lo que ayer dije: lo que no quiero es acceder a las pretensiones de mis adversarios en contra de mi partido; aparte de que, aunque otra cosa quisiera, no conseguiría nada, pues si porque a S.S. y a los que se han separado del partido se les antoje yo me hubiera de retirar, declaro que si yo así lo hiciese, y mi partido me abandonara, mi partido cometería una indignidad, y mi partido no puede cometerla, porque es un partido honrado que cumple con su deber, y por tanto, los que vinieran a sustituirme en esas condiciones no podrían contar con la mayoría que me sostiene a mí; eso es evidente. Ahora, ¿es que conviene dentro de mi partido que yo sea sustituido? Ésa es otra cuestión. Yo deseo que se sustituya. No deseo otra cosa, pero de acuerdo con mi partido y por uno de mis amigos, no por mis adversarios o por uno de mis amigos incómodos, de aquellos amigos que me han dado tantos disgustos. (Bien, bien). En otro caso, ya se sabía el camino para obtener este puesto: hacer disidencias, molestando continuamente al que lo ocupa. No; este puesto se conquista de otra manera, por otros procedimientos. No tengo más que decir. (Muy bien, muy bien). [702]



VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL